La Corte Suprema de Justicia le dio al Batallón N°10 de Alta Montaña de Buga un plazo de cinco días para disculparse públicamente con dos personas de la comunidad LGBTQ+ por un episodio de discriminación. El caso llegó a la Sala de Casación Penal por una impugnación interpuesta por Yeison Ramírez. Refutó la sentencia del 2 de abril de 2025 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, que negó una solicitud de amparo por la presunta violación de sus derechos: al debido proceso, a la administración de justicia, al libre desarrollo de la personalidad y a no ser discriminado.Corte Suprema de Justicia Foto:CortesíaLa acción iba dirigida contra un juzgado penal militar, la Fiscalía Penal Militar del Batallón N.º 10 de Buga y la misma unidad.Los hechos se remontan a 2023, cuando Yeison Ramírez ingresó al Ejército para prestar servicio militar. Veinticinco días después, fue retirado mediante una orden administrativa firmada por la Dirección de Personal. La causal: “ausencia injustificada del servicio”.La fiscalía penal militar del batallón inició una investigación en su contra por el delito de deserción. El 23 de octubre de ese año, el juzgado 1315 penal militar de Cali decretó la preclusión.Casi dos años después, el 12 de marzo de 2025, Yeison Ramírez acudió, junto a su pareja sentimental, una mujer trans, a las instalaciones del Batallón de Alta Montaña N.º 10 para reclamar la libreta militar. Sin embargo, según un video que fue aportado como prueba, sufrió violencia verbal y discriminación.Al día siguiente, Ramírez radicó la tutela que falló el Tribunal de Buga, alegando vulneraciones al debido proceso, acceso a la administración, libre desarrollo de la personalidad y a no ser discriminado. La Corte pidió a la unidad militar, a través de su comandante, a pedir disculpas. Foto:iStockEntre las razones, enumeró la negativa a entregarle la libreta, obstaculización que le ha generado dificultades para conseguir empleo. Aseguró que el día en el que se acercó al batallón “fue confrontado por algunos soldados, quienes lo tildaron de desertor y lo culparon por las restricciones impuestas en las filas luego de su retiro”. Además, enfatizó que él y su pareja –ambos integrantes de la comunidad LGBTIQ+– “fueron objeto de burla y discriminación por parte de miembros del Ejército”.El Tribunal de Buga, el 2 de abril pasado, declaró el hecho subsanado porque la unidad militar le indicó mediante correo electrónico los pasos a seguir para definir su situación militar. En el estudio del caso impugnado, la Sala Penal coincidió con este argumento y también declaró lo que en términos penales se conoce como la carencia actual de objeto por hecho superado. Sin embargo, atendió la solicitud de amparo y advirtió una vulneración a los derechos fundamentales de Ramírez Mejía, principalmente a no ser discriminado y al libre desarrollo de la personalidad. Ejército de Colombia. Foto:EFE.Consideró demostrado que, él y su pareja “fueron objeto de burla y trato peyorativo por su orientación sexual diversa por parte de miembros de la Fuerza Pública del Batallón de Alta Montaña N°10”.Por estos hechos, la Corte ordenó a la unidad militar —que lleva el nombre de ‘Mayor Óscar Giraldo Restrepo’—, a través de su comandante o quien haga sus veces, abstenerse de incurrir en actos que afecten la integridad de Ramírez y su pareja por su orientación sexual.Además, deberá ofrecer disculpas públicas a Yeison Estiben Ramírez Mejía, en un acto presencial dentro de las instalaciones de la institución militar, en un plazo no mayor a cinco días hábiles después de la notificación de la sentencia.La Procuraduría solicitó al CNE sancionar a Roa. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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